Transparencia Municipalidad de Castro

Transparencia Municipalidad de Castro

Este portal contiene información sobre el funcionamiento de nuestra institución en cumplimiento del Instructivo Presidencial Nro. 008 (04.12.2006) sobre "Transparencia Activa" de los Organismos de Gobierno.
Accesibilidad
Fecha de actualización: 18/04/2024
Página leída 1703 veces

Secretaría Municipal


Descripción del servicio Requisitos y antecedentes ¿Realizable línea? Trámites a realizar o etapas Valor Lugar donde se realiza Información complementaria
1 Inscripción Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos (Ley Nº 18.962) para instituciones constituidas de conformidad a la ley Nº 19.418 (Juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias) a) Fotocopia de RUT de la organización. b) Fotocopia Libreta de Ahorro o Cuenta Corriente a nombre de la Organización. c) Acta de la elección definitiva de la directiva vigente (Nombre completo, RUT, dirección, teléfono, e-mail de contacto, dirección institución, número del Registro Público o Personalidad Jurídica). d) Nómina de socios de la organización. No Previo a la entrega de documentación descrita anteriormente 1) Las instituciones deberán solicitar en Oficina de Secretaría Municipal lo siguiente: a) Acta de elección definitiva de la directiva vigente refrendado con el timbre de recepción conforme del Departamento de Organizaciones Comunitarias. b) Copia de los Estatutos de la organización protocolizados por el Secretario Municipal. La Secretaría Municipal tiene un plazo de 20 días hábiles contado desde la fecha de recepción de la documentación para proceder a la inscripción, siempre y cuando no existan observaciones o falta de información. Gratuito Oficina Secretaría Municipal, 2º piso Blanco Encalada Nº 273 Ver Enlace
2 Inscripción Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos (Ley Nº 18.962) para instituciones constituidas bajo el amparo de otras leyes (Ministerio de Justicia, Ministerio de Economía, Ley Indígena, etc.) a) Fotocopia Certificado de vigencia de personería jurídica otorgado por el organismo que los constituye. b) Fotocopia de RUT de la Casa Matriz. c) Fotocopia Libreta de Ahorro o Cuenta Corriente a nombre de la Casa Matriz. d) Nómina de socios de la institución. e) Timbre institucional. No Para las inscripciones en este Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de las Instituciones Evangélicas que poseen su Casa Matriz en otras ciudades del país, deben solicitar a través de su representante legal la apertura de una sucursal en la plataforma electrónica computacional "ww.registros19862.cl" en este caso para la ciudad de Castro; cumplido este trámite el Secretario Municipal puede proceder a inscribir a la Organización Evangélica en el Registro Municipal correspondiente, depositándose para ello toda la documentación físicamente requerida. Gratuito Oficina Secretaría Municipal, 2º piso Blanco Encalada Nº 273 Ver Enlace
3 Permisos para beneficios, reuniones sociales, bailes (Ordenanza Municipal N° 1 de fecha 01/04/1986) Presentación en Oficina de Partes de la solicitud dirigida al Alcalde, firmada por representantes de la organización, indicando día y horario del beneficio, local donde de realizará, si es con venta de bebidas analcohólicas o alcohólicas. Se debe consignar además, la autorización del representante legal del local donde se efectuará el beneficio. No 1. Una vez otorgado el Visto bueno por parte del Alcalde, se confecciona el decreto municipal que autoriza 2. Evento con venta de bebidas alcohólicas: valor diario es de 0,70 UTM. Evento de beneficencia con venta de bebidas alcohólicas: valor diario 0,20 UTM. 3. Evento con venta de bebidas analcohólicas: valor diario 0,50 UTM. Eventos de beneficencia con venta de bebidas analcohólicas: valor diario 0,10 UTM. 4. El impuesto municipal se debe cancelar en Caja de Tesorería Municipal, cuando proceda. 5. Instituciones con Personalidad Jurídica vigente están exentas del impuesto municipal. (Art. 29º de la Ley Nº19.418, Ley de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias) 6. Copia de la solicitud autorizada por el Alcalde se presenta al Servicio de Impuestos Internos donde se calcula el impuesto a pagar por concepto de venta presunta. El valor a cancelar (Formulario 21 del S.I.I. “Giro y Comprobante de Pago Impuestos”) se efectúa en una institución bancaria de la ciudad. Copia de este documento debe quedar en poder de la Secretaría Municipal. 7. Se debe concurrir con el decreto municipal a la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro para el visado y conocimiento de la autoridad policial. 9. Se debe exhibir públicamente el respectivo decreto municipal, en el local donde de realiza el beneficio. Según objeto del evento Oficina Secretaría Municipal, 2º piso Blanco Encalada Nº 273 Ver Enlace
4 Obtención personería jurídica Juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias (Ley 19.418) La organización que se constituye debe presentar la solicitud al Alcalde para designación Ministro de Fe Municipal (Secretario Municipal o funcionario del Departamento de Organizaciones Comunitarias) para constitución de la Organización Comunitaria, de carácter territorial o funcional. Dicho documento debe ser ingresado a través de la Oficina de Partes del Municipio. Pueden actuar como Ministro de Fe también el Notario de Castro u Oficial del Registro Civil. No Constituida la Organización Comunitaria, el Ministro de Fe presenta el Acta de Constitución y los Estatutos al Secretario Municipal para registrarlo en el libro de Personería Jurídica. Se registra a la Organización Comunitaria con su número y fecha respectiva, entregándose copia del Acta de Constitución y Estatutos protocolizados por Secretaría Municipal con emisión de certificado donde consta la directiva provisional. La Organización Comunitaria tiene un plazo de 30 a 60 días para realizar una nueva sesión y elegir a la directiva definitiva, con un formato de acta entregada por el Departamento de Organizaciones Comunitarias para elección de directiva. 6. Con la documentación original (Acta Constitución, Estatutos, Directiva Definitiva, Formulario Inscripción) el interesado realizará la inscripción respectiva en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro en el Registro Civil e Identificación, otorgándole este servicio el Nº de Personalidad Jurídica respectiva. 7. La Directiva definitiva tiene vigencia de tres años en su cargo. (Art. 19 Ley Nº19.418, modificado por Ley Nº 20.500, Art. 34 Nº4 a), D.O. del 16.02.2011) Gratuito Oficina Secretaría Municipal, 2º piso Blanco Encalada Nº 273 Ver Enlace
5 Solicitud de acceso a Información y transparencia activa Toda persona que solicite un acceso a la informacion debe solicitar en Oficina de Partes el formulario de solicitud de acceso a la informacion, o visitar la pagina web dispuesta para la publicación http://transparencia.municastro.cl/ SI Para realizar la solicitud de manera presencial, siga los siguientes pasos. Paso 1: Obtenga el formulario de Solicitud de Acceso a la Información Pública. Existen dos opciones: Opción 1: Mostrar los idiomas disponibles y descargar formulario Opción 2: Solicite el formulario directamente en el organismo. Paso 2: Complete el formulario y envíelo por carta o entréguelo personalmente en las oficinas del organismo Paso 3: ingrese a la pagina de transparencia y consulte segun el item que necesite consultar Oficina Partes, Oficina Secretaría Municipal, 2º piso Blanco Encalada Nº 273; https://www.portaltransparencia.cl/PortalPdT/ingreso-sai-v2?idOrg=undefined. 2- de manera precencial en oficina de partes Ver Enlace
Volver